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Defensa Criminal

¿Cómo puede ser acusado penalmente?

Usted puede ser acusado penalmente al ser arrestado físicamente y registrado en la cárcel del condado, se le puede emitir un Aviso de Comparecencia (documento escrito) con una fecha obligatoria en la corte (y no está esposado físicamente y registrado en la cárcel del condado, sino que es liberado bajo su propio reconocimiento) o se puede emitir una orden de arresto para su arresto.

Información

Una información es el nombre técnico del documento legal que emite la Oficina del Fiscal que lo acusa formalmente de violar el Estatuto de la Florida.

Oficina del Fiscal del Estado vs. Oficina del Fiscal General del Estado

Puede ser acusado por una Oficina del Fiscal del Estado local asignada a un Tribunal de Circuito de la Florida específico (por condado) o por la Oficina del Fiscal General del Estado de la Florida, si el presunto delito ocurrió en varios condados de la Florida.

Delitos Menores y Felonías

Los delitos punibles bajo el Estatuto de la Florida se dividen en dos categorías. Delitos menores y felonías. Las felonías tienen una pena más severa. Dentro de ambos tipos hay diferentes clases. A continuación se muestra el tiempo máximo de encarcelamiento y la multa que se puede imponer si se acusa de cualquiera de los dos.

Nivel de criminalidadEncarcelamiento máximoMulta máxima
Delito menor de segundo grado60 días en la cárcel del condado$500
Delito menor de primer grado1 año en la cárcel del condado$1,000
Felonía de tercer grado5 años en prisión estatal$5,000
Felonía de segundo grado15 años en prisión estatal$10,000
Felonía de primer grado30 años en prisión estatal$10,000
Felonía de por vidaVida en prisión$15,000
Felonía capitalPena de muerteN/A

Carga de la prueba

La carga de la prueba en un caso penal está más allá de toda duda razonable. Esto significa que el Estado tiene la carga de probar todos los elementos del crimen (s) de los que se le acusa más allá de una duda razonable.

Asalto y Agresión

El asalto y la agresión son delitos contra una persona. Usted puede ser acusado de asalto bajo Fla. Stat. 784.011 y agresión bajo Fla. Stat. 784.03. La principal diferencia entre ambos delitos es que con una agresión en realidad hay un contacto no deseado, mientras que con un asalto no hay contacto no deseado real, sino una amenaza inminente de causar daño. Las penas pueden ser más severas si el delito se comete contra una mujer embarazada, una persona de 65 años o más, un agente de la ley, un bombero, etc.

Violencia Doméstica

Según Fla. Stat. 741.28, la violencia doméstica se define como cualquier asalto, asalto agravado, agresión, agresión agravada, agresión sexual, acecho, acecho agravado, secuestro, encarcelamiento falso o cualquier delito penal que resulte en lesiones físicas o la muerte de un miembro de la familia o del hogar por otro miembro de la familia o del hogar. Por miembro de la familia o del hogar se entiende los cónyuges, excónyuges, personas relacionadas por consanguinidad o matrimonio, personas que actualmente residen juntas como si fueran una familia o que han residido juntas en el pasado como si fueran una familia, y las personas que son padres de un niño en común, independientemente de si han estado casados. Con la excepción de las personas que tienen un hijo en común, los miembros de la familia o del hogar deben residir actualmente o haber residido juntos en el pasado en la misma unidad de vivienda. Si se le acusa de un delito relacionado con la violencia doméstica, podría enfrentar una orden de no contacto en el caso penal y una orden judicial (también conocida como orden de restricción) en un caso civil.

Robo

La Florida tiene una multitud de estatuas relacionadas con el delito de robo. En la Florida, puede ser acusado de robo de propiedad bajo la estatua 812.014. Bajo esta estatua, cuando la propiedad robada está valorada en $ 100 pero no más de $ 750, se considera robo menor, que se cobra como un delito menor. Si el valor es de $ 750 pero no más de $ 20,000, se considera robo mayor, que se cobra como una felonía. En la Florida, puede ser acusado de robo contra una persona bajo Fla. Stat. 812.13, que se clasifica como una felonía. Además, se le puede acusar de entrar ilegalmente si no está autorizado y deliberadamente ingresa o permanece en una estructura o medio de transporte o si se le permitió pero una persona autorizada le advirtió que se fuera y usted se niega a hacerlo. Mientras que puede ser acusado de robo si ingresa o permanece en una estructura o transporte con la intención de cometer un delito, a menos que, por supuesto, las instalaciones estén abiertas al público o tenga licencia o haya sido invitado a ingresar o permanecer. Usted puede ser acusado de robo de estructura o medio de transporte bajo Fla. Stat. 810.02, que se clasifica como una felonía, y de entrar ilegalmente bajo Fla. Stat. 810.08 o 810.09, que se clasifica como un delito menor. Sin embargo, entrar ilegalmente puede clasificarse como una felonía si hay factores agravantes involucrados, como el uso de un arma de fuego.

Delitos Penales Relacionados con el Tráfico

¿Sabía que en la Florida, podría ser acusado penalmente por delitos relacionados con el tráfico? Bajo Fla. Stat. 322.34, usted puede ser acusado penalmente de conducir con una licencia suspendida, que generalmente se cobra como un delito menor. Sin embargo, puede clasificarse como una felonía si hay factores agravantes involucrados, como que es su tercera condena o posterior o si ha sido clasificado como un delincuente de tráfico habitual. En la Florida, si su registro de vehículo motorizado está vencido por más de 6 meses, se le puede acusar de un delito menor bajo Fla. Stat. 320.07. Además, en la Florida, si adjunta una etiqueta que no está asignada a un vehículo, se le puede acusar de un delito menor bajo Fla. Stat. 320.261.

Fraude

Florida tiene una variedad de estatutos relacionados con el fraude. El plan organizado para defraudar, bajo Fla. Stat. 817.034, implica que usted participe en un plan para defraudar y, por lo tanto, obtener propiedades. El fraude de título de vehículo motorizado, bajo Fla. Stat. 319.33, significa alterar o falsificar un certificado de título, retener o usar dicho certificado sabiendo que ha sido alterado o falsificado, obtener o intentar obtener o pasar o intentar pasar un certificado de título sabiendo que el vehículo es robado o usar un nombre, dirección o cualquier declaración falsa en una solicitud o declaración jurada de título. El fraude de licencia de conducir, bajo Fla. Stat. 322.212, requiere poseer, vender, fabricar o entregar a sabiendas una licencia de conducir fraudulenta o usar un nombre ficticio o una declaración falsa en una solicitud de licencia de conducir. El uso criminal de la información de identificación personal, bajo Fla. Stat. 817.568, implica a cualquier persona que intencionalmente y sin autorización usa fraudulentamente, o posee con la intención de usar fraudulentamente, información de identificación personal sobre otra persona sin obtener primero el consentimiento de esa persona. Todos los cuales son punibles como felonías.

Confiscación

Bajo Fla. Stat. 932.701 – 932.706, la policía puede confiscar cualquier propiedad utilizada en violación de la Ley de Contrabando de la Florida. Lo que constituye un artículo de contrabando puede ser cualquier cosa, desde propiedad personal, bienes inmuebles, sustancias controladas, vehículos motorizados, dinero o incluso un objeto. Esto significa que la policía puede confiscar su propiedad, vehículos, cuentas bancarias y efectivo. Según el estatuto, usted tiene derecho a recibir un aviso de la incautación y la oportunidad de una audiencia. Además, bajo la Estatura de Florida 895, la policía puede confiscar su propiedad si se sospecha que se ha utilizado en actividades de crimen organizado. En la Florida, a pesar de que el decomiso está relacionado con un caso penal, el proceso de incautación es de naturaleza civil. Es imperativo que tenga un abogado experimentado, ya que tendrá dos casos, penales y civiles, para tratar que pueden afectar su futuro y sustento.

Mitigación

Si enfrenta cargos por felonías en la Florida, bajo Fla. Stat. 921.006, es posible que pueda alegar circunstancias atenuantes. Los factores atenuantes pueden conducir a una sentencia reducida o incluso a la libertad condicional en lugar del encarcelamiento. Algunos ejemplos de factores atenuantes pueden ser negociar un acuerdo de culpabilidad, requerir tratamiento especializado para un trastorno mental, ser cómplice del delito o la necesidad de pagar una restitución que supere la necesidad de una sentencia de prisión. Es importante que tenga un abogado experimentado para guiarlo a través de sus cargos penales y ayudarlo a identificar los factores atenuantes y presentarlos al fiscal para obtener el mejor resultado posible.

Sellado y Eliminación

Es posible que sea elegible para eliminar o sellar su registro. En la Florida, solo se le permite eliminar o sellar un arresto una vez en su vida. Hay una multitud de criterios que debe cumplir y puede ser una carga entenderlos. El estatuto específico del que se le acusó y la disposición del caso determinarán si califica. Incluso si su caso fue finalmente desestimado en el sistema judicial, su arresto todavía está en su registro. Es importante contar con un abogado que entienda los requisitos y pueda aconsejarle si califica o no para que su registro sea borrado o sellado.

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